Los 6 Principios básicos de la banca ante el análisis de riesgo de empresas

| 10 marzo, 2011

Los 6 princípios básicos del análisis de riesgo bancario de crédito a empresas.

Ya lo sabemos, ya lo estamos sufriendo, la relación banca-empresa ha cambiado en los últimos años (desde finales 2007), podríamos decir que “las reglas del juego han cambiado”. En realidad, no han cambiado sino que, han sido rescatados principios básicos “de toda la vida” (incluso los podríamos llamar “los preceptos del Libro Sagrado de banca”).  Estos principios básicos son:                                         

1.      Capacidad de reembolso
2.      Sustituibilidad.
3.      Liquidabilidad
4.      Posibilidades alternativas de cobro
5.      Rentabilidad
6.      Coherencia de la propuesta

Principio Básico 1: Capacidad de reembolso:

Se trata de la capacidad que tiene la empresa para atender sus deudas actuales (más la operación de crédito que se propone).

Para ello es fundamental tener en cuenta que, salvo que la empresa presente un plan negocio muy muy muy  claro y creíble, la banca sólo considerará los resultados actuales (previos a la inversión) como base de generación de recursos para el cálculo de la capacidad de reembolso. En general (casi casi siempre), la banca sigue el supuesto de estudio en el que estima en cero el ingreso y/o beneficio (o ahorro de costes) generado por la nueva inversión (cuando esta inversión es un inmovilizado material o inmaterial). Sin embargo, si la inversión es la adquisición de una empresa (con control total sobre ella), es mucho más fácil que la banca considere la suma de generación de recursos de ambas sociedades. Todo ello acompañado de una Due Dilligence que lo corrobore. En esta Due Dilligence, la empresa debe presentar una serie de escenarios : el peor (pesimista), el más probable y  el optimista. La banca tomará como referencia una cifra intermedia entre el pesimista y probable.  Si el pesimista permite la holgada asunción de los pagos del endeudamiento, la operación es muy factible.

Así pues, el Criterio generalmente seguido:

  1. Generación de recursos anuales suficientes para atender las cuotas actuales más las cuotas de la nueva operación (según la generación de recursos actual, previa a inversión).
  2. Existencia de un fondo de maniobra suficientemente amplio y líquido para atender los pagos del día a día.

¿Qué entiende la banca por Generación de Recursos / Cash-flow?.

Buena pregunta, muy buena. El objetivo final de cada entidad de crédito es el conocimiento del flujo de caja de cada empresa. La realidad es que existen varios criterios (y cada entidad aplica el suyo). El más extendido es:

BAT- Resultados Extraordinarios + Amortizaciones + Provisiones.

Principio básico 2: Sustituibilidad.

Los bancos, como cualquier otro proveedor, desea ser exactamente eso, “un proveedor” de la empresa pero no desea ser un ”socio de la empresa”. Lo que significa que siempre deseará tener una posición que le permita a la vez, la máxima rentabilidad al menor riesgo posible.  Además , desea tener la posibilidad cierta de deshacer su posición de riesgo ,  en el caso de que la situación financiera de la empresa se torne complicada . 

Es deseable para toda entidad financiera que, en caso de desear salir de la empresa como proveedor, otras entidades (y/o incluso los propios socios) puedan sustituir el crédito que la entidad ofrece.

Es por ello que los analistas de riesgos de las entidades financieras valoran como positivo:

a. Productos financieros de crédito del tipo “revolving”, o autoliquidables.

b. Un pool bancario diversificado.

c. Que la entidad tenga un volumen de riesgo parecido (en el largo plazo) al resto de entidades de manera que exista en todas la “necesidad” de acompañar a la empresa en caso de dificultad.

d. No hacer un abuso de garantías que haga que otras entidades financieras eviten ser proveedoras de la empresa.

a. Productos financieros “revolving” o autoliquidables en los que existe un tercero que paga y que, en todo caso, bastaría con dejar de tomar riesgos para que, automáticamente, la relación de riesgo con la empresa se extinga.

  • Son líneas de crédito autoliquidables, “revolving” o rotativas (Anticipos de crédito (N-58), Descuento comercial  y Pagarés, Remesas de extranjero, Factoring con o sin recurso, Anticipos de facturas, de certificaciones y similares.
  • No son autoliquidables:
    En corto plazo:  Pólizas de crédito,  financiaciones especificas para compras, financiación de importaciones (todas aquellas en las queno hay un cliente o tercero comprometido al pago en fecha concreta.
    En Financiaciones a Largo Plazo: Todo tipo de endeudamiento en el que el titular es el comprometido al pago de las cuotas resultantes.

b. Que exista más de una entidad de crédito en el pool bancario de la empresa. Ninguna entidad desea ser la única entidad “de crédito” (No es lo mismo “crédito” como activo del banco que “pasivo”). Cualquier entidad está cómoda siendo la única entidad “de pasivo” (activo y pasivo siempre desde la óptica del balance de la entidad financiera, claro).

      Por ello, las entidades financieras juzgan como “preferible”:

  • Que existan entre 4 y 6 entidades ,
  • Que que el conjunto del crédito de la empresa en cada entidad financiera no exceda el 20% de su endeudamiento global.
  • Que  la entidad financiera no sea la entidad con más crédito en la empresa y menos deseable es  serlo con una amplia diferencia sobre las demás entidades.

c. Que la entidad tenga un volumen de riesgo parecido (en el largo plazo) al resto de entidades de manera que exista en todas la “necesidad” de acompañar a la empresa en caso de dificultad.  Es decir, que no se produzca una desbandada en la que las entidades de crédito con endeudamiento a largo plazo tengan la necesidad/obligación de sustituir a las entidades que, por no tener endeudamiento financiero a largo plazo, decidan abandonar la empresa al menor contratiempo.

d. No hacer un abuso de garantías que haga que otras entidades financieras eviten ser proveedoras de la empresa. En ocasiones, las empresas comenten 2 tipos de error: 

  • Dar demasiadas garantías a una entidad de crédito (y no a las demás). Hay garantías que son exclusivas (hipotecas, pignoraciones por ejemplo) y no se pueden repartir.
  • Tener muy diluidas las garantías de forma que la cantidad avalada excede en mucho el valor de la garantía, perdiendo toda su fuerza.

Principio Básico 3: Posibilidades alternativas de cobro.

La entidad valora que además de la empresa,  garantías anexas a la operación que faciliten su recobro. Así, existen productos de financiación que, por su mecánica, suponen para la empresa una garantía añadida a la garantía propia de la empresa que solicita el crédito:

  • Productos Revolving: Garantías asociadas al documento anticipado (pagaré, etc..)
  • Factoring sin recurso (garantía de compañía de Caución)
  • Otras garantías: Básicamente se valoran por la capacidad que se les supone para atender las cuotas de endeudamiento a Largo Plazo firmado o, en caso de necesidad, la transformación de  deuda c/p a otra a Largo Plazo.

Principio Básico 4: Liquidabilidad

No es el objetivo de la entidad financiera la necesidad de liquidar activos de la empresa o avalistas. Si el analista de créditos estima como probable este hecho, negará el crédito (eso es lo que su “libro de banca” le pide). Sin embargo, siempre será más favorable un crédito sobre una empresa con stock “commodities – ejemplo Aluminio” que una empresa cuyo stock sean piezas  exclusivas de reloj para un proveedor concreto. Siguiendo esta lógica, le acompaño un cuadro de ejemplos.

Principio Básico 5: Rentabilidad.

El éxito de cualquier empresa (y las entidades de crédito lo son), se mide a través de la rentabilidad de su actividad. En líneas generales y sin ánimo de ser exhaustivo; las entidades de crédito siguen los siguientes criterios (como toda empresa) valora el ingreso realizado (o esperado) con un cliente en relación a la inversión necesaria (en RRPP – Recursos Propios) para la realización del negocio en cuestión (en este caso, financiación).

  • El importe de los Recursos Propios que la entidad debe destinar a la operación y el cliente (si existen otras operaciones previas simultáneas). Este importe de RRPP’s (Recursos Propios, generalmente en el  argot lo llaman Capital o Recursos) depende de:
    • Importe de la operación y del conjunto de la relación con el cliente.
    • Calidad de la operación (del producto financiero a contratar). Obviamente, es diferente la calidad de riesgo para el banco de un descuento de pagarés que el riesgo inherente a una póliza de crédito o un préstamo.
    • Rating de la empresa y sus garantes.
    • El plazo de la operación: A más plazo peor calidad de riesgo asociada.
    • Calidad de las garantías de la operación y el resto de créditos del cliente.
  • El % de rentabilidad que cada entidad desee obtener por sus recursos propios asignados a la operación (o cliente).
  • Los ingresos obtenidos por la entidad en su relación global con el cliente: Comisiones directas, márgenes sobre activo, márgenes sobre pasivos, etc.

De esta forma, para la consideración de rentabilidad suficiente de una operación (o relación comercial con un cliente de banca de empresas), la banca valora:

Principio Básico 6: Coherencia de la operación propuesta.

Independientemente de la capacidad de reembolso, garantías, solvencia y demás características de la operación financiera, el diseño de la operación financiera deber ser coherente financieramente. Algunas líneas de coherencia:

  • Inversiones a largo plazo (ejemplo maquinaria) se financian con operaciones a largo plazo.
  • Stocks y financiación a clientes se financian mediante productos a corto plazo.
  • Los préstamos deben corresponder a inversiones reales.
  • Las operaciones de cobertura de riesgo (derivados, seguros de cambio, etc) deben tener operaciones relacionadas.   En caso contrario, se trataría de especulación.
  • El anticipo de cualquier tipo de crédito (descuento de pagarés, recibos, anticipos de crédito, factoring, etc.) debe de estar respaldado por una operación comercial y un derecho de cobro real.

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Categoría: Análisis Bancario de Crédito


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