Sobre aportación de garantías a las operaciones de riesgo.

| 12 julio, 2012

Sobre Negociación de Garantías a las operaciones de crédito

  • Sobre los tipos de garantía (y sus efectos)
  • Consejos sobre Garantías /Avales prestados a entidades de crédito

Sobre los tipos de garantía.

Existen diversas formas de garantizar una operación crediticia. Las más usuales son: la garantía personal solidaria, la cotitularidad, la garantía hipotecaria, la garantía pignoraticia, la garantía de Máximos y, de forma indirecta los contratos de leasing y factoring sin recurso.

A través de la garantía personal solidaria, el avalista se compromete al cumplimiento de las obligaciones contraídas por el prestatario de forma subsidiaria y solidaria (hasta el total de la deuda). Es decir, que la entidad financiera puede reclamar el total a un único avalista si así lo deseara. No supone la prioridad sobre ningún bien. Se garantiza con todos los bienes y derechos propiedad del avalista. De la misma forma, cabe destacar que la cotitularidad en un contrato de crédito obliga por igual a ambos titulares. La empresa debe estudiar la idoneidad de uno u otro tipo de garantía según su situación concreta (generalmente mejor “garantía personal”).

Sin embargo, en el caso de garantía hipotecaria, ADEMÁS de la garantía personal de los titulares del crédito  y de los avalistas (si los hubiera), se añade la garantía preferencial sobre un bien (generalmente inmueble pero puede realizarse sobre otros tipos de bienes). Esta garantía es inscrita notarialmente y aparece en CIRBE de forma diferente a la garantía personal, para distinguirla.

Para algunas operaciones, la entidad financiera solicita garantía pignoraticia (por una parte o por el total del crédito otorgado). Al igual que en la hipoteca, mediante esta garantía la entidad financiera toma preferencia sobre un determinado bien (generalmente contratos de valores, IPF’s y similares pero también acciones de empresas, stocks, contratos y otros). En algunos casos supone la inmovilización del activo pero en la mayoría de los casos, sólo interfiere en el derecho de traspaso de titularidad o venta. Así pues, generalmente no interfiere en la dinámica habitual de la empresa ni en su titularidad, sólo en su derecho de traspaso o venta. Se trata de un contrato que generalmente es registrado notarialmente. En la mayoría de los casos esta pignoración aparece en CIRBE. Infórmese, podría no ser de su interés que se conociera esta pignoración. Hemos de comprender que esta garantía fascine a las entidades de crédito porque el consumo de recursos es en muchas ocasiones nulo.

Para acabar entre los tipos de garantía más comunes, no hemos de olvidar a la Garantía de máximos. Mediante esta garantía de máximos se fija un importe límite de crédito. Este contrato obliga a la entidad a otorgar crédito hasta el límite del importe garantizado por el plazo mínimo de 5 años y se registra notarialmente.

La garantía que lo apoya acostumbra a ser hipotecaria y/o pignoraticia (ello supone notable ahorro de RRPP’s para la entidad financiera). Puede realizarse sobre cualquier bien o derecho con capacidad de ser tasado oficialmente. Generalmente es muy usado para evitar a la propiedad de la empresa la obligación de venta de activos para apoyar a la empresa (evitando así efectos fiscales).

No olvidemos que, los contratos de leasing y factoring sin recurso suponen en si mismos la aportación de la garantía de los activos adscritos al contrato.

Es cierto que existen otras garantías posibles pero son mucho menos comunes como la garantía bancaria, la comfort letter, y las cláusulas contractuales (y variantes de todas las anteriores).

Garantía bancaria. Una entidad de crédito avala a otra por las operaciones de crédito de  la empresa

Comfort Letter dura. Una empresa, generalmente matriz, se obliga a las obligaciones contraídas por otra empresa (generalmente filial).

Otras Clausulas contractuales. Estas, por su especificidad, poca frecuencia y tecnicismo merecen un capítulo aparte.

Consejos sobre Garantías /Avales prestados a las entidades de crédito.

Lo que hay que saber sobre las garantías y sus efectos sobre avalistas y avalado.

Cuando empiece  a avalar nunca podrá dejar de hacerlo (trabajar sin avales) salvo reducción de líneas de crédito o muy mejorada situación financiera y en un proceso muy largo de tiempo. Los bancos siguen el precepto de “para atrás, nunca, ni para coger impulso”.

Debemos tener presente que las garantías aportadas dan lugar a un determinado precio y limite (diferentes garantías, diferente rating, diferente consumo de recursos de la entidad, diferente precio, diferente límite de riesgo.

Por otro lado, cuando las garantías están “prodigadas” en varias entidades, ninguna de ellas deseará liberarlas sin asegurarse que también las liberarán el resto de entidades. En caso contrario, la entidad que los libera quedará en una situación de debilidad ante las demás entidades.

Avale sólo operaciones de crédito puro (pólizas de crédito, financiación importaciones, préstamos y algunos leasings..)

Evite por todos los medios avalar operaciones rotativas (Anticipos de crédito, descuento, financiación exportaciones…). ¿Por qué?.

Porque son los productos con mejor calidad de riesgo para la banca (cuando nivel de devoluciones / impagados/ incidencias es bajo). Si avala estas operaciones deberemos avalar todas (lógicamente también las de mayor riesgo como pólizas de crédito, etc). Sin duda, si avala  a una entidad deberá avalar progresivamente a todas (las entidades lo verán en CIRBE). Así, si  avala todas las operaciones, la  garantía pierde fuerza y no aporta valor añadido a las entidades por lo que no aportará nuevo crédito y además, tendrá comprometido su patrimonio personal. Como consecuencia, si avala a todas o muchas entidades ligado a líneas revolving, su patrimonio (el aportado en la garantía) estará muy expuesto a las volatilidades del mercado (impagos de clientes, etc..).

En caso de avalar, es recomendable hacerlo sólo sobre las operaciones de crédito puro (pólizas de crédito, financiación importaciones, préstamos…) son operaciones mucho más controlables por el garante porque tienen vencimiento expreso y conocido (no pueden ser cancelados unilateralmente salvo a su vencimiento). Es importante valorar que  el importe total avalado es siempre inferior que las líneas rotativas (mucho más abundantes) y también porque, en caso de préstamos son cuotas más cómodas por lo que reducen la amenaza sobre el patrimonio.

Avale (si existe) con patrimonios separados (ejemplo, sociedades patrimoniales con patrimonio aislado). Siempre es mejor que avalar personalmente (con todo el patrimonio). Ello multiplica la capacidad de endeudamiento total. Así, podrá tener 3 niveles de garantía:

  • Garantía de cada una de las sociedades patrimoniales aisladas.
  • Garantía cruzada de varias sociedades patrimoniales unidas.
  • Garantía personal que las aúna a todas (si llegara el caso)

NUNCA preste  una mejor garantía a unas entidades que a otras. Puede ser una buena idea a corto plazo pero mala a largo plazo.

Ello puede motivar  la retirada de aquellas entidades afectadas que no posean esta garantía.  Por otro lado, si se prestan garantías a todas las entidades,  el valor de la garantía se diluye y  como consecuencia final, la sociedad tendrá las mismas líneas de crédito que antes de prestar la garantía pero con las garantías prestadas.

Ejemplo:

  • En el año x-1 la sociedad FREE S.L. tenía una nave sin cargas.
    Durante el año X ha aportado la garantía hipotecaria a sus líneas de crédito habituales con una entidad de crédito BANCA1.
  • Si las entidades BANCA2, BANCA3, BANCA4, BANCA5 Y BANCA6 otorgaron crédito en el año x-1 considerando el valor de la nave sin cargas (sin hipoteca) como valor de la sociedad, estas entidades BANCA2, BANCA3, BANCA4, BANCA5, BANCA6 reducirán sus líneas de crédito considerando que la capacidad de reembolso de las mismas se ha reducido por la preferencia que supone para la otra entidad la garantía hipotecaria (ver artículo sobre garantías).

CONSECUENCIA: La sociedad FREE S.L. tendrá menor crédito y, además, tendrá comprometida con garantía hipotecaria una propiedad.

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Categoría: Análisis Bancario de Crédito, CFO - Mejores prácticas, Financiación del crecimiento, Negociación bancaria (crédito y precio), Reestructuración financiera


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